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Canarias inicia el año con un plazo de pago a proveedores de solo 14 días

Redacción Viernes, 25 de Febrero de 2022

La Comunidad Autónoma recupera con holgura la senda del cumplimiento tras la desviación de septiembre, octubre y noviembre por demoras en sanidad

 

Román Rodríguez subraya que el dato consolida la reputación de buen pagador del Gobierno de Canarias en el presente mandato

De los últimos 32 meses, solo se ha sobrepasado el plazo medio en tres de ellos

 

El Gobierno de Canarias pagó en enero a sus proveedores en un plazo de 14,02 días, con lo que confirma la tendencia ya apuntada en diciembre del año pasado y vuelve a la senda del cumplimento, tras la desviación registrada en los meses de septiembre, octubre y noviembre.

 

El vicepresidente canario y consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, Román Rodríguez, subrayó hoy que este este dato consolida la reputación de buen pagador que se ha ganado en los últimos años el Ejecutivo, en los que de manera recurrente se ha situado a la cabeza de las comunidades autónomas en esta exigencia de la Ley de Estabilidad Presupuestaria, el Periodo Medio de Pago -PMP-.

 

En concreto, Canarias no solo ha cumplido el plazo medio de pago en 29 de los últimos 32 meses -desde julio de 2019- sino que lo ha hecho con las cifras más bajas del Estado. Solo en septiembre, octubre y noviembre de 2021 se superó el período establecido en lo que va de mandato debido a retrasos en los hospitales de Tenerife y el área de salud de Lanzarote, aunque tomado el promedio anual el plazo se situó en los 24,4 días, es decir casi 6 días menos de los que establece la norma.

 

Ya en diciembre del año pasado se volvió a pagar en 30 días y ahora, en enero de 2022, la Comunidad Autónoma rebaja a más de la mitad el plazo para el pago de sus facturas.

 

Rodríguez destacó la importancia de que las administraciones públicas respondan a sus obligaciones con eficacia “siempre, pero especialmente en tiempos de dificultades económicas como las que estamos vivienda, de modo que los gobiernos no se conviertan en otro obstáculo para la liquidez y la solvencia de las empresas y, por tanto, del empleo”.

 

El Periodo Medio de Pago constituye un concepto especialmente importante en la contabilidad de las administraciones públicas, no solo por su propio objeto, sino porque es uno de los criterios cuyo cumplimiento se exige en la Ley de Estabilidad Presupuestaria, so pena de aplicarse por el Estado medidas de corrección.

 

Se da la circunstancia de que ésta es la única regla fiscal que no se ha suspendido en los años 20, 21 y 22.

 

Precisamente, el apartado 6 del artículo 13 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, introducido por la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público, establece que las Administraciones Públicas deben publicar su período medio de pago a proveedores.

 

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