El Consejo de Gobierno Insular ha acordado, en su sesión ordinaria de hoy, no continuar con la iniciativa para la contratación del servicio denominado ‘Gestión de 36 hogares de acogimiento residencial de menores en situación de desamparo o guarda en la isla de Gran Canaria distribuido en 18 lotes’ por procedimiento abierto y tramitación de urgencia, e impulsar los conciertos necesarios para garantizar ese servicio, al amparo del Reglamento del concierto social en el ámbito de los servicios sociales aprobado por la Comunidad Autónoma.
En concreto, tal y como se explica en la propuesta elevada por la Consejería de Política Social y Accesibilidad que dirige Isabel Mena, el 31 de julio de 2020, el propio Consejo de Gobierno acordó la declaración de emergencia para que se procediera a la contratación inmediata de los servicios de gestión de estos 36 hogares, hasta que no se resolviera el procedimiento de licitación iniciado para prestar el citado servicio desde el 1 de septiembre de 2020 y hasta que se produjera la adjudicación y formalización de los nuevos contratos, derivados del expediente de contratación que se tramitaba, mediante procedimiento abierto, en todo caso, hasta un plazo no superior al 28 de febrero de 2021.
Asimismo, mediante el Decreto Presidencial 68/2020, de 6 de abril, se encomendó al gerente del Instituto de Atención Social y Sociosanitaria (IAS) la instrucción y elaboración de la o las propuestas de contratación de estos servicios de gestión, para acordar su contratación por emergencia, así como para la tramitación de los justificantes y facturas correspondientes.
Posteriormente, el 29 de marzo de 2021, se emitió un informe del Servicio de Política Social, relativo al desistimiento e inicio del procedimiento de contratación por procedimiento abierto y tramitación de urgencia.
Y, finalmente, por el Decreto 144/2021, de 29 de diciembre, se aprobó el Reglamento del concierto social en el ámbito de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuyo objeto es restablecer el régimen jurídico de los conciertos sociales con personas físicas o jurídicas privadas de iniciativa social, como modalidad de gestión indirecta de la prestación de servicios sociales destinados a la atención directa a las personas en la Comunidad Autónoma de Canarias, en desarrollo del Capítulo III del Título V de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.
Con esas premisas, el Consejo de Gobierno Insular ha refrendado la propuesta de no continuar con la contratación por licitación del servicio, después de analizar la situación actual, en la que se pone de manifiesto la necesidad de interrumpir esa iniciativa; y tras escuchar las opiniones y valoraciones que consideran oportuno realizar esa tramitación por concierto, así como atender el informe de la Asesoría Jurídica del pasado 12 de agosto, en el que, entre otras cosas, se indica: “Encontrándose el Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Catálogo de Servicios y Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Canarias pendiente de aprobación, se podrá proceder al concierto de aquellos servicios incluidos asimismo en los instrumentos de planificación insular aprobados por los Cabildos en el ámbito de sus competencias (arts. 49 y 73.3 LSSC)”.









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