Miércoles, 10 de Septiembre de 2025

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La Dirección del Plan de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de Gran Canaria-INFOGRAN, emite una alerta por incendios forestales

Redacción2 Martes, 27 de Junio de 2023

En la isla de Gran Canaria afectará principalmente por encima de la cota 200 en la zona norte
de la isla, y por encima de la cota 400 en las zonas este, sur y oeste.

La Dirección del Plan de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de Gran Canaria-INFOGRAN, en base a la predicción de la AEMET y en aplicación de la situación de alerta por riesgo de incendios forestales (INFOCA) declarada por la Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias y el estado actual de la isla de Gran Canaria, se declara:

 

ALERTA POR INCENDIOS FORESTALES

 

RECORDATORIO: SE PROHIBEN LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES:

1.- Fuego en espacios abiertos. - Se prohíbe encender fuego en todo tipo de espacios abiertos

2.- Áreas Recreativas, Zonas de Acampada, Albergues y zonas de descanso de la red de carreteras. - Se prohíbe el uso de fuego tanto en los lugares habilitados para ello como mediante cualquier clase de sistema portátil.

3.- Zona de Acampada de Llanos de la Mimbre y Área Recreativa de Tamadaba. - Se prohíbe el acceso rodado por la GC- 216, excepto vecinos y servicios públicos, así como el uso de la Zona de Acampada de Llanos de la Mimbre y Área Recreativa de Tamadaba.

4.- Quemas agrícolas o forestales. - La suspensión temporal, en tanto se mantenga el referido riesgo, de todas las autorizaciones concedidas de quema de rastrojos, de pastos permanentes, de restos de poda, y de restos selvícolas.

5.- Fuegos artificiales. - Se prohíbe la introducción y uso de material pirotécnico.
6.- Maquinaria. - Se prohíbe la utilización de maquinaria y equipos en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja

de 400 metros alrededor de aquellos, cuyo funcionamiento genere deflagración, chispas o descargas eléctricas. 7.- Carboneo y apicultura. - Se prohíbe la actividad de carboneo, y el uso de fuego en la apicultura.

8.- Senderos y pistas forestales. - Se prohíbe el acceso y tránsito por los senderos y pistas forestales, salvo residentes y servicios públicos.

9.- Objetos de combustión. - Se prohíbe arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio.

 

 

 

 

 

 

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