El proyecto de Ordenanza que ordenará el uso de patinetes eléctricos y otros VMP en espacios urbanos ya puede revisarse en la sede electrónica para recibir aportaciones
El proyecto de la Ordenanza reguladora de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) del Ayuntamiento de la Villa de Ingenio acaba de pasar a fase de consulta pública previa y ya se encuentra disponible para su revisión en la sede electrónica municipal.
https://ingenio.sedelectronica.es/preview-document/d56d975f-0c37-4fcb-bb9c-2c37f1251df2/
Con esta publicación realizada el pasado lunes, se abrió un periodo de 15 días hábiles a partir del 25 de noviembre para que la ciudadanía, organizaciones, agentes sociales y económicos puedan conocer el contenido del documento y presentar las aportaciones que consideren oportunas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La iniciativa responde a la necesidad de dotar al municipio de un marco normativo y técnico propio que regule la circulación y convivencia de peatones, bicicletas, ciclos y VMP en las vías y espacios públicos, todo ello enmarcado en el compromiso del Ayuntamiento de la Villa de Ingenio por una movilidad sostenible y en la adecuación a la permanente evolución del modelo de ciudad.
Entre los objetivos de esta Ordenanza destacan: incrementar la seguridad vial y una convivencia respetuosa entre las formas de movilidad peatonal, en bicicleta, vehículos de movilidad personal, mediante la armonización y ordenación de los distintos usos de las vías y espacios públicos del municipio de Ingenio; incidir en la sostenibilidad medioambiental mediante el fomento de la movilidad peatonal y ciclista, el desarrollo de la movilidad eléctrica y la movilidad menos contaminante y modernizar la normativa municipal mediante la regulación de nuevas realidades como los vehículos de movilidad personal.
La propuesta somete a consideración de la ciudadanía cuestiones clave como los problemas que se pretenden resolver, la necesidad y oportunidad de aprobar la Ordenanza, los objetivos planteados y las posibles soluciones alternativas regulatorias o no regulatorias. Todas las aportaciones podrán presentarse a través de la sede electrónica municipal o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.







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