Sábado, 29 de Noviembre de 2025

Actualizada Sábado, 29 de Noviembre de 2025 a las 11:35:04 horas

La Audiencia Provincial absuelve a los 15 directivos de las sociedades privadas de Emalsa

Redacción2 Jueves, 27 de Noviembre de 2025

La Sala concluye que no hubo apropiación indebida ni administración desleal y que las facturaciones respondían a los estatutos de la empresa mixta

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto este jueves a los 15 directivos de las sociedades privadas Saur y Valoriza-Sacyr, integradas en la empresa mixta Emalsa, quienes estaban acusados de delitos de apropiación indebida y administración desleal. La decisión rechaza así las acusaciones formuladas por el Ministerio Fiscal y por las acusaciones populares, ejercidas por el comité de empresa de Emalsa y la asociación cívica El sol sale para todos.

 

En una sentencia de 144 folios, el tribunal sostiene de manera contundente que no existió apoderamiento de fondos por parte de los administradores privados de Emalsa. Según la resolución, las operaciones cuestionadas se ajustaban al marco previsto en los artículos 11 y 18.4 de los estatutos de la compañía, que regulan la retribución de las prestaciones que los socios privados deben aportar al funcionamiento de la empresa.

 

La Audiencia destaca que las facturas emitidas entre 2008 y 2012 por conceptos de “suplidos” o “prestaciones accesorias” estaban directamente vinculadas a gastos salariales y de Seguridad Social de empleados de Saur y Valoriza que trabajaban de forma exclusiva o colaboraban activamente con Emalsa, aunque no hubieran sido formalmente desplazados.

 

“No nos encontramos ante un supuesto de apoderamiento de diversas cantidades de dinero [...]. Por el contrario, los hechos analizados obedecieron cabalmente al objetivo de dar cumplimiento” a los estatutos de Emalsa, subraya la sentencia.

 

Los jueces explican que el dinero que cobraron las empresas privadas Saur y Valoriza-Sacyr no era un “robo”, sino pagos previstos en los propios estatutos de Emalsa. Es decir, la empresa ya tenía establecido que esas compañías podían cobrar por ciertos servicios y gastos.

 

Además, la sentencia aclara que las facturas cuestionadas correspondían a costes reales, principalmente salarios y Seguridad Social de empleados que trabajaban para Emalsa, aunque fueran empleados contratados por las empresas privadas.

 

Por todo esto, el tribunal concluye que no hay delito, que todo se ajustó a las normas internas de la empresa, y que no se ha demostrado nada que rompa la presunción de inocencia de los acusados.

En resumen:
No hubo apropiación indebida.
No hubo gestión desleal.
Los pagos estaban previstos en los estatutos y correspondían a gastos reales.
Los directivos quedan totalmente absueltos.

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