Una nueva sentencia judicial ha dado la razón al grupo político Juntos por Guía al declarar nulo el acuerdo sobre los sueldos de los cargos públicos que fue aprobado en un “pleno exprés” convocado por el actual grupo de gobierno del Ayuntamiento de Santa María de Guía.
La resolución, dictada el pasado 28 de enero de 2026 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria, estima el recurso presentado por la formación política y anula el acuerdo que fijaba las retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva y parcial dentro de la corporación municipal. Además, la sentencia condena en costas al Ayuntamiento.
Según recoge el fallo, aunque el Pleno ratificó formalmente la urgencia de la convocatoria, no quedó justificada la necesidad real de aprobar un asunto considerado sensible, como son los salarios de los cargos públicos, en una sesión convocada con menos de 24 horas de antelación.
El juzgado diferencia entre decisiones organizativas —como la estructura de concejalías o delegaciones tras un cambio de gobierno— que sí pueden requerir rapidez, y cuestiones económicas como el régimen retributivo, que necesitan un análisis más detallado y tiempo suficiente para su estudio por parte de los concejales. Por ello, considera que el procedimiento utilizado impidió el correcto ejercicio de las funciones representativas y vulneró el derecho fundamental recogido en el artículo 23 de la Constitución Española.
Desde Juntos por Guía han señalado que la sentencia confirma las críticas que venían realizando, asegurando que “no se puede gobernar a golpe de urgencias para aprobar decisiones que afectan al bolsillo de los vecinos y a la credibilidad de la institución”. La formación subraya además que la transparencia y la participación política deben respetarse como garantías básicas del funcionamiento democrático.
Conclusión
Esta decisión judicial reabre el debate sobre la forma en la que se toman determinadas decisiones en el ámbito municipal y pone de relieve la importancia de respetar los tiempos y procedimientos legales para garantizar la transparencia, el debate político y los derechos de representación dentro de las instituciones públicas.





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