Miércoles, 23 de Septiembre de 2026

Actualizada Miércoles, 23 de Septiembre de 2026 a las 16:47:40 horas

Gáldar interpone recurso de alzada contra la planta de generación híbrida de La Atalaya

Redacción2 Miércoles, 23 de Septiembre de 2026

El Ayuntamiento de Gáldar ha presentado un recurso de alzada contra la resolución de la Dirección General de Energía del Gobierno de Canarias, que concede autorización administrativa a Conagricán, S.L. para la construcción de una planta de generación híbrida (cogeneración-eólica) de 499 kW en La Atalaya.

Esta acción se suma a las alegaciones presentadas el pasado mes de febrero, en las que el Consistorio ya solicitaba la paralización del proyecto y advertía de la fragmentación administrativa del mismo. El Ayuntamiento de Gáldar, como administración directamente afectada por la proximidad de la instalación, considera que la resolución ahora recurrida es contraria a Derecho y no responde a las cuestiones de fondo planteadas.

 

El recurso de alzada se fundamenta en un hecho clave que, según el Ayuntamiento, la resolución no aclara: la cronología del expediente. El informe de impacto ambiental que la Administración invoca como base es de 14 de marzo de 2025. Sin embargo, el proyecto completo de la instalación híbrida Eólica-Biogás fue requerido a la promotora el 19 de junio de 2025 y no se presentó hasta el 7 de agosto de 2025.

 

Para el Ayuntamiento de Gáldar esta secuencia temporal evidencia que la configuración definitiva de la planta autorizada —con un motor de cogeneración de 635 kW limitado a 499 kW y nuevas infraestructuras eléctricas— no pudo ser evaluada en su totalidad por el informe ambiental previo. La resolución recurrida, por tanto, parte de una premisa no acreditada: que la instalación finalmente autorizada está íntegramente cubierta por la evaluación ambiental de marzo de 2025.

 

Asimismo, el recurso insiste en la necesidad de valorar los efectos acumulativos y sinérgicos del conjunto de instalaciones (planta de biogás, compostaje, cogeneración y eólica existente), tal y como exige la Ley 21/2013. En este sentido, se subraya que el informe de la Dirección General de Salud Pública ya advirtió de posibles afecciones sobre la calidad del aire, ruido, vibraciones y riesgos de accidentes, calificando el impacto local del conjunto como "significativo".

 

Por todo ello, el Ayuntamiento de Gáldar solicita que se estime el recurso y se deje sin efecto la autorización, o subsidiariamente, que se retrotraigan las actuaciones para que se acredite de forma expresa la correspondencia entre el proyecto evaluado y el finalmente autorizado. Igualmente, se ha solicitado la suspensión de la ejecución de la resolución hasta que se resuelva el recurso, ante los perjuicios de difícil reparación que podrían derivarse para el medio ambiente y la salud de la población.

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