La convivencia entre el uso turístico y el residencial en zonas como Playa del Inglés, San Agustín, Campo Internacional o Meloneras ha generado durante décadas incertidumbre sobre los derechos de los propietarios de apartamentos y bungalós utilizados como viviendas. La normativa turística y urbanística establece condiciones diferentes según el inmueble y la situación de cada uso residencial, por lo que no todos los propietarios se encuentran en las mismas circunstancias legales.
El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana llevará este jueves, 29 de octubre, al pleno municipal una ordenanza destinada a identificar la situación jurídica de estas viviendas y establecer un procedimiento para que sus propietarios puedan acreditar sus derechos mediante un certificado municipal.
La propuesta busca diferenciar los inmuebles cuyo uso residencial es conforme al planeamiento urbanístico, aquellos que se encuentran en situación legal de consolidación y los que están fuera de ordenación. La clasificación dependerá de factores como la antigüedad del uso residencial, las autorizaciones existentes y la legislación aplicable en cada caso.
Certificados para acreditar la situación de cada vivienda
Uno de los principales instrumentos previstos en la ordenanza es la posibilidad de solicitar al Ayuntamiento un certificado que determine la situación jurídica del uso residencial de cada apartamento o bungaló.
Para emitirlo, los servicios municipales podrán analizar documentación como escrituras de propiedad, licencias, datos registrales y catastrales, antecedentes administrativos, certificados de empadronamiento, contratos o recibos de suministros, entre otros elementos que permitan acreditar el uso de la vivienda.
El documento municipal dejará constancia de la clasificación que corresponda a cada inmueble y, según el texto presentado, deberá emitirse en el plazo de un mes desde su solicitud, conforme al procedimiento establecido.
La regulación toma como referencias el Plan General de Ordenación Urbana de 1996, la Ley de Renovación y Modernización Turística de Canarias de 2013 y la Ley del Suelo de Canarias de 2017. También contempla el tratamiento de los usos residenciales anteriores a la entrada en vigor, en 2013, de la obligación de destinar determinadas unidades al uso turístico, así como las situaciones de consolidación previstas en la legislación urbanística.
Más de 17.500 personas empadronadas en núcleos turísticos
La problemática tiene una dimensión social relevante en el municipio. Según los datos recogidos en los antecedentes del acuerdo plenario de junio de 2024, un total de 17.536 personas estaban empadronadas en distintos núcleos turísticos de San Bartolomé de Tirajana, entre ellos Playa del Inglés, Sonnenland, Campo Internacional, Meloneras, San Agustín, Bahía Feliz y Playa del Águila.
Esta cifra refleja la presencia de población residente en las zonas turísticas, aunque no significa que todas esas personas estén afectadas por los problemas jurídicos que aborda la ordenanza.
La iniciativa pretende ofrecer una respuesta municipal a una situación que afecta a propietarios que llevan años utilizando sus inmuebles como residencia habitual. El documento deberá, no obstante, completar su tramitación legal antes de entrar en vigor, incluida su publicación oficial.
La ordenanza también distingue este procedimiento de la futura especialización urbanística de los usos residenciales y turísticos, que se abordará a través del Plan de Modernización de Maspalomas-Costa Canaria o, en su defecto, mediante el planeamiento general.













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