El nuevo decreto establece cinco modalidades de alojamiento, fija la condiciones para desarrollar esta actividad y abre nuevas posibilidades para diversificar la oferta turística en las islas
El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado hoy, a propuesta de la Consejería de Turismo y Empleo, el decreto que regulará los establecimientos turísticos de alojamiento al aire libre, una actividad que hasta ahora no contaba con una normativa autonómica específica y actualizada para ordenar sus distintas modalidades.
La nueva regulación establece un marco común para estos alojamientos y ofrece seguridad jurídica a quienes quieran desarrollar la actividad, garantizar unas condiciones adecuadas para los usuarios y ampliar las posibilidades de diversificación turística del archipiélago.
El decreto contempla cinco modalidades: campings; áreas de acampada para autocaravanas, caravanas y vehículos similares; áreas de pernocta para estos vehículos; áreas de acampada en edificaciones rurales aisladas, y alojamientos turísticos singulares, como las yurtas o las cabañas en árboles.
La consejera de Turismo y Empleo, Jéssica de León, explica que “la norma permitirá ordenar esta modalidad turística, diversificar la oferta de las islas y responder a una demanda creciente, con garantías de sostenibilidad, calidad de los servicios y seguridad jurídica”.
Cada modalidad tendrá sus propios requisitos de funcionamiento, instalaciones y servicios, adaptados a sus características. El decreto fija condiciones de higiene, abastecimiento de agua, gestión de residuos, seguridad y accesibilidad. Además, incorpora sistemas de clasificación para los campings y las áreas de acampada de autocaravanas.
La norma también diferencia entre estacionar una autocaravana y acampar. Las áreas de pernocta estarán destinadas al descanso y permitirán una estancia máxima de 72 horas. El estacionamiento seguirá sujeto a las normas de tráfico y a las restricciones que se apliquen en cada lugar.
La regulación también abre nuevas posibilidades para diversificar la oferta turística en el medio rural con alojamientos vinculados a determinadas edificaciones y actividades agrícolas, ganaderas o tradicionales. También contempla alojamientos turísticos singulares, siempre que su instalación esté permitida por el planeamiento urbanístico y cumpla los requisitos establecidos.
Para poner en marcha estos establecimientos, los promotores deberán presentar una declaración responsable ante el Cabildo Insular correspondiente y contar con las licencias y autorizaciones que exija la normativa urbanística, ambiental y de seguridad. La regulación no permite instalar estos alojamientos en cualquier terreno ni habilita automáticamente nuevos espacios para su uso turístico.
Los alojamientos que ya estén en funcionamiento tendrán cinco años para adaptar sus instalaciones y servicios a la nueva normativa. Además, los municipios que aún no cuenten con este tipo de oferta podrán habilitar zonas de forma temporal, siempre que cumplan los requisitos previstos en la norma.
La nueva regulación entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC). Durante ese periodo, la Consejería de Turismo y Empleo, a través de la Dirección General de Ordenación, Formación y Promoción Turística, recorrerá las islas para explicar el contenido del decreto y resolver dudas, tanto a las administraciones públicas como al sector privado.
De León destaca que este plazo permitirá dar a conocer una norma pionera en Canarias, aportar seguridad jurídica a los usuarios y ofrecer un marco claro para que las administraciones y los emprendedores puedan poner en marcha nuevas iniciativas de alojamiento turístico al aire libre.











Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.215