- La Auditoria de la obra detecta defecto en la justificación anual de 2017 y 2018, ya que el ayuntamiento aumento el importe del proyecto de forma unilateral.
- El Ayuntamiento opta por la vía judicial y contrata un despacho jurídico que le cuesta 14.900€ al erario público municipal, por un recurso contencioso-administrativo.
La Consejería de Hacienda del Gobierno de Canarias, mantiene un pulso con el Ayuntamiento de Mogán a razón de la subvención concedida en el Marco del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN) en 2016.
Según dicha subvención, que el consistorio moganero destina íntegramente a la obra de “Construcción de una plaza pública con aparcamientos en Arguineguín”, el Gobierno de Canarias abonaría la cantidad total de 5.000.000€ millones de euros en 3 años, a razón del coste inicial del proyecto que ascendía a 5.977.556€, un 83,65% de la financiación correspondería a fondos del FDCAN.
Las anualidades establecidas acordadas eran 1.500.000€ en 2017 y en 2018, y 2.000.000€ en 2019.
En el convenio suscrito por ambas partes se establece que el importe total del proyecto “Construcción de una plaza pública con aparcamientos en Arguineguín” ascendía a 5.977.556€ pero el Ayuntamiento de Mogán modificó el proyecto al encontrar incidencias y revisiones técnicas, y ascendió el coste del mismo a un total de 8.199.891,79€, que se aprobó en el Pleno de 29 de agosto de 2017, sin un acuerdo mutuo con el Gobierno de Canarias tal y como establece el convenio suscrito.
La Consejería mediante oficio, informa a la Intervención General que el Informe Definitivo de Control Financiero de la ejecución del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN), correspondiente al ejercicio 2017 del Ayuntamiento de Mogán, concluye que al amparo de lo establecido en el convenio suscrito el 30 de diciembre de 2016 entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Ayuntamiento de Mogán para la gestión de los recursos asignados en el marco del FDCAN, un defecto de justificación y se formula propuesta de reintegro de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.c) de la Ley General de Subvenciones por un importe principal de 403.779,85 euros más los intereses de demora devengados que ascienden a 50.079,76€ y suman un total de 453.859,61€.
Lo mismo ocurre con la auditoría de revisión correspondiente a la anualidad de 2018, que establece también un defecto de justificación y establece que el consistorio moganero debe reintegrar la cantidad de 443.712,57€ con intereses de demora incluidos.
Con fecha 23 de marzo de 2021, el Viceconsejero de Hacienda, Planificación y Asuntos Europeos, resuelve Iniciar expediente de reintegro, de conformidad con la propuesta de la Intervención General, de la subvención correspondiente a las anualidades 2017 y 2018, concedida con carácter anticipado al Ayuntamiento de Mogán en el marco del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN), mediante Orden de transferencia de fecha 15 de mayo de 2017, y de los intereses de demora devengados desde la fecha de su abono, asciendo a un total de 897.572,18€
Defectos en la justificación
El apartado 4 del artículo 10 del Decreto 85/2016, de 4 de julio, dispone que la falta de justificación parcial o total de la aplicación de los recursos recibidos con cargo al Fondo implicará la no exigibilidad o la obligación de reintegrar las cantidades no justificadas, así como los rendimientos financieros que se hayan generado por los recursos abonados anticipadamente. Y la disposición final tercera, relativa al régimen jurídico supletorio, que establece que, en lo no previsto en este Decreto o en sus normas de desarrollo se estará a lo dispuesto en la normativa reguladora en materia de subvenciones.
El Ayuntamiento de Mogán argumenta, que el aumento del proyecto lo asume la administración local, y que en ningún momento la subvención del FDCAN se ve modificada, pero existe un acuerdo adoptado por el que se concede la subvención y la cuantía de ésta que se estimó a razón del coste del proyecto inicial, siendo modificado posteriormente de forma unilateral.
![[Img #4149]](https://elsurdigitalgc.es/upload/images/01_2022/378_foto-obra-parking-de-arguineguin4.jpg)
El Ayuntamiento de Mogán no cumplió con los requisitos y condiciones mencionados, en tanto la aportación con fondos propios resultó insuficiente, incurriendo en un defecto de justificación.
La financiación FDCAN tiene un carácter complejo que conjuga, de un lado, la determinación de un porcentaje de cofinanciación sobre el coste total del proyecto, conforme a las cláusulas segunda y tercera del Convenio, y de otro, la determinación de una cuantía máxima global distribuida en anualidades cuyos importes son inalterables.
Según el informe de la Consejería de Hacienda del Gobierno de Canarias, “En consecuencia, no cabe considerar estos elementos de forma aislada, como parece haber resuelto el Ayuntamiento de Mogán, porque, atendiendo al clausulado del convenio, una eventual modificación del importe del proyecto repercutirá no solo en la determinación del porcentaje FDCAN respecto del coste total del proyecto, sino también en la aplicación de ese porcentaje sobre cada una de las anualidades; teniendo presente que los importes correspondientes a la aportación FDCAN, por anualidad, están predeterminados en el Anexo I que se incorpora al Convenio, y que el Ayuntamiento debe en todo caso justificar el 100% del coste previsto para la anualidad correspondiente.”
La cláusula novena del convenio suscrito en diciembre de 2016, establece que “la modificación del convenio requerirá el acuerdo expreso de los firmantes mediante la correspondiente adenda de modificación. No dará lugar a la modificación del Convenio la reformulación o modificación del Proyecto que hayan sido autorizados por Gobierno conforme a los dispuesto en el artículo 9.5 del Decreto 85/2016 de 4 de julio”.
Establece la Consejería que “este proyecto fue modificado por acuerdo en Pleno del Ayuntamiento de 3 de noviembre de 2018, ascendiendo a un importe de 10.282.870,59 euros. No obstante, lo anterior, en el mes de junio de 2019 se produce la paralización de la obra por causas imputables al contratista, resolviéndose el contrato e iniciándose un nuevo procedimiento de licitación, adjudicado el 30 de septiembre de 2019 por acuerdo de la Junta de Gobierno, por un importe de 8.322.885 euros. Estos hechos evidencian una debilidad por parte del Ayuntamiento de Mogán en su gestión del fondo, ya que con el coste total previsto actualizado se ve afectada la distribución anualizada conforme al importe de licitación y, en consecuencia, la aportación FDCAN anual representa un porcentaje de financiación inferior, que asciende a un 60,08%, atendiendo al importe de la segunda adjudicación de la obra.”
![[Img #4150]](https://elsurdigitalgc.es/upload/images/01_2022/490_foto-obra-parking-de-arguineguin2.jpg)
El Ayuntamiento de Mogán remitió las alegaciones correspondientes a la Consejería que le ha respondido el pasado 6 de julio de 2021, que debe “abonar los reintegros parciales de la subvención correspondiente a las anualidades 2017 y 2018 concedidas al Ayuntamiento de Mogán, en el marco del Fondo de Desarrollo de Canarias FDCAN”.
Recurso Contencioso-administrativo
El Ayuntamiento de Mogán ha optado por la vía judicial y para ello ha contratado un despacho jurídico para presentar un Recurso Contencioso-Administrativo.
El despacho elegido según informe del técnico municipal por un contrato menor, es Andersen Tax & Legal Iberia de Madrid, por un importe total de 14.900€ para la interposición y personación del recurso mencionado.
Un gasto más que habrá que sumar a los importes que se le demanda reintegrar al consistorio de Mogán, si la resolución judicial no es conforme a los intereses locales.








Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.135