El fiscal he emitido un informe de desestimación en relación a los delitos electorales de los comicios municipales de 22 de mayo de 2011 y de 24 de mayo de 2015, donde alude a que se acuerde el sobreseimiento libre de las actuaciones correspondientes archivo de la causa respecto a los investigados, Onalia Bueno García, Juan Mencey Navarro Romero, Tania del Pino Alonso Pérez y demás investigados, el encontrarse todos ellos exentos de responsabilidad criminal por la prescripción de tales delitos.
Hay que recordar que el procedimiento se inicia en 2015, ante la denuncia del anterior alcalde Francisco González en sede de la Guardia Civil, quién imputa en un primer momento a Onalia Bueno y a José Monzón, por la presunta compra de votos en las elecciones de 2011 y de 2015.
En relación a los delitos electorales de 2019, el Fiscal también estima el sobreseimiento provisional de las actuaciones y el correspondiente archivo de la causa, al no encontrarse debidamente justificada la perpetración del indicado ilícito.
Ahora deberá ser el magistrado quien decida si acepta los argumentos de la Fiscalía y decreta el archivo del delito electoral o los rechaza y continúa adelante con la instrucción.
El juez del caso de la supuesta compra de votos, divide la causa en 4 piezas separadas.
El magistrado podría continuar con las 3 causas separadas que él mismo y el fiscal, han reconocido su existencia después de analizar la investigación de la Guardia Civil y las declaraciones tomadas a los investigados.










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