MOGÁN
La alcaldesa ordenó el ingreso en su cuenta de 39.001,50€ sin presentar los requisitos exigidos en este tipo de procedimientos.
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mogán estimó las pretensiones formuladas por la concejala de Nueva Canarias Mogán Isabel Santiago, contra el acuerdo de la Junta de Gobierno del pasado 28 de diciembre, en la que se reconocía el pago de 39.001,50 euros a favor de Onalia Bueno, en concepto de gastos de defensa jurídica y minuta de procuradora correspondiente al conocido Caso Góndola. El Secretario General del consistorio moganero, reconoce ahora que los informes obrantes en el expediente carecen de motivación lo que implica la nulidad del mismo.
Según la información aportada por la concejala de Nueva Canarias en el recurso potestativo de reposición, de la documentación aportada por la alcaldesa, resulta imposible verificar si cumple con los requisitos exigidos por la ley, por lo que solicita se compruebe por parte del Interventor, así como del Departamento Jurídico, los informes de justificación que distan mucho de la normativa vigente en relación a este tipo de indemnizaciones.
Entre otros asuntos, el recurso presentado por Santiago, explica que los políticos y funcionarios tienen derecho a que el departamento jurídico del Ayuntamiento les asista, y que la alcaldesa pudo hacer uso de estos letrados para su defensa. Bueno a título personal, decidió elegir un despacho de abogados de altísimo coste, lo que implicaría una falta de criterio para justificar el pago realizado, o que al menos, tuviera que haber unos baremos para justificar el abono de la parte proporcional de los costes y no los honorarios completos.
Santiago advierte que, este hecho debería llevar a la obligación por parte de los departamentos responsables, de comprobar si desde un primer momento, Onalia Bueno solicitó o no la defensa y representación de la Administración en la imputación en los hechos que se denunciaban.
De toda la documentación aportada en el expediente por la alcaldesa de Mogán, resulta imposible inferir que cumple con los requisitos, ya que no se puede conocer ni los delitos imputados, ni si éstos se han producido en el legítimo ejercicio de su cargo. Tampoco aporta documento alguno acreditativo de la firmeza de los autos de archivo en los que funda su pretensión. Y la letrada adscrita a la asesoría jurídica, responsable de la emisión del informe en el que se concluye que procede el abono a favor, no ha dado cumplimiento objetivo a la obligación de comprobar que la petición formulada, se adapta a los preceptos legales, y a lo estipulado en la Sentencia del Tribunal Supremo, a la que ella misma alude en su informe.
Ahora el consistorio deberá realizar los trámites necesarios para garantizar la legalidad del expediente, y en el caso de que no se cumpliera las exigencias, solicitar a Onalia Bueno que devuelva los 39.001,50€.










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