Con casco, chaleco reflectante, documentación y respetando las normas de seguridad vial.
Deberán circular por carriles bicis o por la calzada y nunca por parques ni aceras.
El consistorio moganero ha regulado a través de una ordenanza municipal, publicada esta semana en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, el uso de los patinetes eléctricos. Estos vehículos se han convertido en un modo de transporte común presente en prácticamente todas las vías urbanas, que además, no paran de causar accidentes y sustos tanto a peatones como al resto de vehículos que circulan por la calzada o por las aceras.
En los últimos meses han sido multitud los incidentes que han protagonizado las noticias en la isla por un uso indebido de este vehículo. La nueva ordenanza pretende, controlar, regular y mejorar la seguridad vial de todos los que hacen uso de las vías y espacios públicos por las que transitan peatones, vehículos motorizados, y no motorizados como bicicletas, ciclos, o estos archifamosos patinentes descritos por las normativas reguladoras como Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
Por un lado, las personas que salgan a la calle con una de estas patinetas eléctricas deberán llevar consigo la documentación necesaria, es decir el certificado para la circulación y su identificación, para mostrarlo a los agentes de la autoridad siempre que les sea requerido.
Los vehículos de movilidad personal (VMP), es decir, los patinetes eléctricos que superen los 6 kilómetros por hora, así como las bicicletas y ciclos, no podrán circular por las aceras, deberán hacerlo por la calzada como el resto de vehículos, y además llevarán casco y chaleco reflectante. Por otro lado, la edad mínima para circular con estos patinetes por las vías urbanas y espacios públicos autorizados es de 15 años.
Los menores de 15 años sólo podrán hacer uso de estos vehículos motorizados cuando estos resulten adecuados a su edad, altura y peso, fuera de las zonas de circulación, en espacios cerrados al tráfico, y siempre acompañados y bajo la responsabilidad de los padres. Tampoco se permite que dos o más personas circulen en VMP.
Las personas que circulen por las carreteras de este municipio con patinetes eléctricos deberán respetar la señalización y la ley sobre Tráfico y Seguridad Vial, así como todas las normas e indicaciones impuestas por las autoridades con competencia en la materia.
La ordenanza de Mogán obliga tanto a bicicletas y VMP a respetar la prioridad de paso de viandantes por zonas como pasos peatonales. Cuando no exista vía ciclista, las personas en bicicleta y en VMP, podrán circular por la calzada, a una velocidad moderada, dentro de los límites señalizados para dicha vía nunca superior a los 25 kilómetros por hora. Tendrán que circular por el carril de la derecha, pudiendo hacerlo por el carril izquierdo cuando no se posible hacerlo por el carril de la derecha o por tener que girar hacia la izquierda. La normativa municipal contempla sanciones económicas según el tipo de infracción cometida que van desde los 100 hasta los 500 euros.






Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.110